lunes, 8 de junio de 2020

resumen del libro "VIGILAR Y CASTIGAR" El Nacimiento de la Prisión




En el presente resumen del libro VIGILAR Y CASTIGAR nacimiento de la prisión escrito por Michel Foucault en su Capítulo III, se visualiza la creación y función que tiene la prisión sobre un individuo en concreto, analizando ampliamente cuales son las medidas de reeducación y seguridad a las que una persona privada de su libertad debía ser sometido, esto en razón de su conducta o según la calificación del delito sobre el cual se le condeno. manteniendo la concepción que considera a la prisión como el castigo por excelencia de los actos antijurídicos que las personas puedan realizar, Al igual que se buscaba la forma en la que el recluso pudiera reflexionar sobre su actuar delictivo y esto lo podría encontrar en la soledad de su celda, pudiendo llegar a un estado de culpabilidad que le permitiera cambiar su forma de pensar y actuar.

 

 

 

 

 

 

 

VIGILAR Y CASTIGAR.

NACIMIENTO DE LA PRISION.

 

CAPITULO III

PRISIÓN.

 

I UNAS INSTITUCIONES COMPLETAS Y AUSTERAS.

 

La tarea principal de la prisión se puede establecer en: repartir a los individuos, fijarlos y distribuirlos espacialmente, clasificarlos, obtener de ellos el máximo de tiempo y el máximo de fuerzas, educar su cuerpo, codificar su comportamiento continuo, mantenerlos en una visibilidad sin lagunas, formar en torno de ellos todo un aparato de observación, de registro y de notaciones, obteniendo así la forma general de un equipo para volver a los individuos dóciles, útiles y poder reinsertarlos a una sociedad, convirtiendo así a la prisión como la pena por excelencia.

 

El poder de castigar como una función general de la sociedad se ejerce de la misma manera sobre todos sus miembros de esa sociedad y en la que cada uno de ellos está igualmente representado; pero al hacer de la detención la pena por excelencia, esa nueva legislación introduce procedimientos de dominación característicos de un tipo particular de poder. Una justicia que se dice "igual", un aparato judicial que se pretende "autónomo", pero que padece las asimetrías de las sujeciones disciplinarias. Obteniendo así el nacimiento de la prisión, "pena de las sociedades civilizadas".

 

A pesar de que conocidos por todos son los múltiples inconvenientes de la prisión, sabiendo que es peligrosa cuando no es inútil. Y sin embargo, no se "ve" el motivo del por qué remplazaría, sin embargo la prisión parece traducir concretamente la idea de que la infracción ha lesionado, por encima de la víctima, a la sociedad entera, y asegurando que la prisión es la forma más inmediata y más civilizada de todas las penas.

 

Sin embargo muchos concuerdan que se debe ser en toda circunstancia e individuo, un mecanismo diferenciado y finalizado, se le deberá considerar diferenciado puesto que no debe tener la misma forma, según se trate de un acusado o de un condenado, de un internado en un correccional o de un criminal; asegurar un castigo no sólo graduado en intensidad, sino diversificado en cuanto a sus fines, Porque la prisión tiene un fin establecido desde un principio el cual es que "Al infligir la ley existen unas penas más graves las unas que las Otras” y  no puede cometer el error ni permitir que el individuo condenado a unas penas ligeras se encuentre encerrado en el mismo local que el criminal condenado a penas más graves; teniendo este conocimiento de la situación no se puede permitir que el individuo condenado a unas penas ligeras y no graves se encuentre encerrado en el mismo local y ambiente que el criminal condenado a penas más graves debido a que

las casas de reclusión se pueden contribuir poderosamente a regenerar a los condenados; obteniendo y aprendiendo los vicios de la educación, el contagio de los malos ejemplos, contribuyendo poderosamente a esto la ociosidad que han engendrado los criminales, para esto se debe realizar un plan donde se pueda brindar al privado de libertad un trabajo que acabarán por amar, cuando recojan su fruto, contraigan en aquéllas el hábito, el gusto y la necesidad de la ocupación; que se den respectivamente el ejemplo de una vida laboriosa, que pronto llegará a ser una vida pura; pronto comenzarán a lamentar el pasado, dejando de lado su anterior vida en vista el trabajo y el amor por un oficio con el cual ayudaran a su familia se convierte en el primer precursor del amor a los deberes.

 

Es importante recordar en todo momento que la prisión debe ser un aparato disciplinario exhaustivo. En varios sentidos: esta debe ocuparse de todos los aspectos del individuo en su diario vivir, en su educación física, de su aptitud para el trabajo, de su conducta cotidiana, de su actitud moral, de sus disposiciones; la prisión debe tener un mayor impacto de aprendizaje y de reeducación del individuo, debiendo de esta manera de más estricto e intenso que la escuela, el taller o el ejército, en vista que la prisión no tiene exterior ni vacío; no se interrumpe, excepto una vez acabada totalmente su tarea; su acción sobre el individuo debe ser ininterrumpida: una disciplina incesante. En fin, da un poder casi total sobre los detenidos.

 

No sólo la pena debe ser individual, sino también individualizante  esto de dos maneras. En primer lugar, la prisión debe ser concebida de manera que borre por sí misma las consecuencias nefastas que provoca al reunir en un mismo lugar a condenados muy diferentes sofocando así las conjuras y los motines que puedan formarse, impedir que se realicen complicidades futuras o que nazcan posibilidades de chantaje (el día en que los detenidos se encuentren libres), debiendo ser la tarea principal de la prisión la de obstaculizar la inmoralidad de tantas "asociaciones misteriosas y delictivas".

 

El privado de libertad una vez se encuentra sumido en la soledad, comienza a reflexionar, Sólo en presencia de su crimen, aprende a odiarlo y si su alma no está todavía estragada por el mal, será en el aislamiento donde el remordimiento vendrá a asaltarlo, cuanto más capaz es el condenado de reflexionar, más culpable ha sido al cometer su delito; pero más vivo también será el remordimiento, y más dolorosa la soledad; en cambio, cuando se haya arrepentido profundamente comenzara a obtener un cambio en su estilo de vida.

 

En este punto es en el que se sitúa la discusión sobre los dos sistemas y saber cuál produce mayor influencia en el privado teniendo como primero el de Auburn y segundo el de Filadelfia.

De hecho, esta discusión que ocupa es tan amplia,  el primero no concierne a otra cosa que a la aplicación de un aislamiento, admitido por todos, el modelo de Auburn prescribe la celda individual durante la noche, el trabajo y las comidas en común, pero bajo la regla del silencio absoluto, no pudiendo hablar los detenidos más que a los guardianes, con su permiso y en voz baja. Más que tener a los condenados "bajo cerrojos como las fieras en su jaula", hay que reunirlos con los demás, hacerlos participar en común en ejercicios útiles, obligarlos en común

a buenos hábitos, previniendo el contagio moral por medio de una

vigilancia activa, manteniendo el recogimiento por la regla del silencio y es que si se logra readaptar al criminal como individuo social se le puede educar para una "actividad útil y resignada"; le restituye "unos hábitos de sociabilidad haciendo al individuo un candidato apto para ser reinsertado en la sociedad" En el aislamiento absoluto como lo es el del sistema de Filadelfia se plasma como un castigo en soledad sintiéndose de esta manera solo en su celda, el detenido queda entregado a sí mismo; en el silencio de sus pasiones y del mundo que lo rodea, desciende a lo profundo de su conciencia, la interroga y siente despertarse el sentimiento moral que no perece jamás por completo en el corazón del hombre una sumisión

profunda que una educación superficial; un cambio de "moralidad" y no de actitud, en este sistema los muros son el principal castigo del crimen; la celda pone al detenido en presencia de sí mismo y este se ve obligado a escuchar su conciencia, de ahí el hecho de que se le considere al trabajo en prisión como un consuelo para su pena y como una obligación, el recluso llega a sentir afecto por su guardián; y siente afecto por él porque es benévolo y compasivo y hace pensar al sujeto que los muros son terribles y el hombre es bueno, la creación de estos dos sistemas revela y trae a colación una serie de conflictos en todas las esferas de la sociedad teniendo como principales los siguientes: religiosos ¿debe la conversión ser el elemento principal del cambio del recluido?, médicos ¿vuelve loco el aislamiento total o genera algún tipo de trastorno?, económicos ¿dónde está el menor costo hay formas de economizar en el tratamiento penitenciario?, arquitectónicos y administrativos ¿qué forma garantiza la mejor vigilancia?. Dejando así una interrogante de que sistema es el más aplicable para lograr el fin deseado.

 

En Francia se logró componer un sistema de cuatro fases: comprendidos en los siguientes periodos como ser:

Intimidación: la cual consiste en la privación de trabajo y de toda relación interior o exterior del recluido.

Periodo de trabajo: donde se aísla al recluido y quitar de su día la ociosidad.

Régimen de moralización: donde se realizan conferencias más o menos frecuentes con los directores y los visitantes.

Periodo de trabajo en común: es que si algo puede despertar en el ánimo de los reclusos, las nociones de bien y de mal, conducirlos a reflexiones morales y realzarlos un poco a sus propios ojos, es la posibilidad de alcanzar algunas recompensas.

 

Con respecto a la vigilancia y la seguridad que debe tener el centro penal sobre el individuo se toma a bien que entre más exacta y fácil sea la vigilancia, menos necesidad habrá de buscar en la solidez de las construcciones unas garantías contra las tentativas de evasión y contra las comunicaciones de unos detenidos con otros, Ahora bien, la vigilancia será perfecta si el director o el encargado en jefe, desde una sala central y sin cambiar de lugar, ve sin ser visto no sólo la entrada de todas las celdas y hasta el interior del mayor número de ellas cuando sus puertas están abiertas, sino además a los vigilantes encargados de la guarda de los presos en todos los pisos con la fórmula de las prisiones circulares o semicirculares, pareciendo posible ver desde un centro único todos los presos en sus celdas, y a los guardianes en las galerías de vigilancia, teniendo el control visual de toda la instalación.

 

En cuanto al director, no puede perder de vista a ningún detenido, Porque cualquiera que sea la sección en que éste se encuentre, ya sea que entre en ella, ya sea que salga, ya sea que se quede, el director está igualmente obligado a justificar los motivos de su mantenimiento en tal clase o de su paso a tal otra. Es un verdadero contador. Cada detenido es para él, en la esfera de la educación individual, un capital colocado a interés penitenciario.

 

El delincuente se distingue del infractor por el hecho de que es menos su acto que su vida lo pertinente para caracterizarlo. Si la operación penitenciaria quiere ser una verdadera reducación, ha de totalizar la existencia del delincuente, hacer de la prisión una especie de teatro artificial y coercitivo en

el que hay que reproducir aquélla de arriba abajo. El castigo legal recae sobre

un acto; la técnica punitiva sobre una vida; el cometido del director es no sólo recoger, sino completar, controlar y rectificar sus elementos en el curso de la detención" del infractor.

 

El delincuente se distingue también del infractor en que no es únicamente el

autor de su acto (autor responsable en función de ciertos criterios de la

voluntad libre y consciente), sino que está ligado a su delito por todo un haz

de hilos complejos (instintos, impulsos, tendencias, carácter). La técnica

penitenciaria se dirige no a la relación de autor sino a la afinidad del criminal

con su crimen. El delincuente, manifestación singular de un fenómeno global

de criminalidad, se distribuye en clases, casi naturales, dotadas cada una de

esos caracteres definidos y a las que corresponde un tratamiento específico

La clasificación de que realiza Ferrus para el tratamiento distingue tres tipos de condenados:

En primer lugar se encuentran los que se hallan dotados de recursos intelectuales superiores a la inteligencia media que hemos establecido, pero que se han vuelto perversos ya sea por las tendencias de su organismo y una predisposición nativa; ya por una moral inicua o una peligrosa apreciación de los deberes sociales. Para éstos sería preciso el aislamiento de día y de noche, el paseo solitario y cuando se está obligado a ponerlos en contacto con los demás lo realizaran con una careta ligera de tela metálica, como las que se usan para la talla de las piedras o para la esgrima.

En según lugar es la de condenados viciosos, limitados, embrutecidos o pasivos, arrastrados al mal por indiferencia tanto hacia la vergüenza como hacia el bien, por cobardía, por pereza por decirlo así y por falta de resistencia a las malas incitaciones el régimen que les conviene es menos el de la represión que el de la educación y de ser posible el de la educación mutua: aislamiento de noche, trabajo en común de día, conversaciones permitidas con tal de que sean en voz alta, lecturas en común, seguidas de interrogatorios recíprocos, sancionados éstos por recompensas.

En tercer lugar están los ineptos o incapaces, a los que un organismo incompleto hace impropios para toda ocupación que reclame esfuerzos reflexivos y voluntad sostenida, que se encuentran por ello en la imposibilidad de sostener la competencia del trabajo con los obreros inteligentes, y que no teniendo ni la suficiente instrucción para conocer los deberes sociales, ni la suficiente inteligencia para comprenderlo y para combatir sus instintos personales, son llevados al mal por su misma incapacidad. Para éstos, la soledad no haría sino fomentar su inercia; deben, pues, vivir en común, pero de modo que formen grupos poco numerosos, siempre estimulados por ocupaciones colectivas y sometidos a una vigilancia rígida.

 

 

 

II. ILEGALISMOS Y DELINCUENCIA

 

 

Es importante recalcar que ante los ojos de la ley, la detención puede muy bien ser privación de libertad, en el comienzo la pena de prisión lleva consigo dolor y malestar al recluso existiendo rituales y procedimientos que perjudicaban su integridad como ser el ritual de patíbulo que consistía en el remachado de las argollas o collares de hierro y de las cadenas, en el patio de Bicétre. El presidiario apoya la nuca sobre un yunque, como contra un tajo; pero esta vez el arte del verdugo, al descargar los martillazos, está en no aplastar la cabeza, habilidad inversa que sabe no dar la muerte.

 

en junio de 1837, se adoptó para remplazar la cadena, no un simple carro cubierto de que se había hablado por un tiempo, sino un artefacto que había sido elaborado muy cuidadosamente. Se trataba de un coche concebido como una prisión con ruedas. Un equivalente móvil del Panóptico. Dividido en toda su longitud por un pasillo central, lleva, de una parte y de otra, seis celdas en las que los detenidos van sentados de frente. Se les hacen pasar los pies por unos anillos forrados interiormente de lana y unidos unos a otros por unas cadenas de 18 pulgadas; las piernas van también metidas en unas rodilleras de metal. El detenido va sentado sobre una especie de embudo de zinc y de roble con el derrame a la vía pública. La celda no tiene ventana alguna al exterior  y está forrada por completo de chapa; únicamente un tragaluz, también de chapa horadada, da paso a una corriente de aire regular. Por el lado del pasillo, la puerta de cada celda está provista de un ventanillo de doble compartimiento: uno para los alimentos y el otro, enrejado, para la vigilancia, haciendo los más incómodo posible la estancia del recluido.

 

Son muchos los que concuerdan en que las prisiones no disminuyen la tasa de la criminalidad, sino más bien aumentan la cantidad de crímenes y de criminales se mantiene estable o, lo que es peor, aumenta La detención provoca la reincidencia. Después de haber salido de prisión, se tienen más probabilidades de volver a ella; los condenados son, en una proporción considerable, antiguos detenidos. En fin, la prisión fabrica indirectamente delincuentes al hacer caer en la miseria a la familia del detenido: "La misma sentencia que envía a la prisión al jefe de familia, reduce cada día que pasa a la madre a la indigencia, a los

hijos al abandono, a la familia entera a la vagancia y a la mendicidad. En este aspecto es en el que el crimen amenaza perpetuarse.

 

Existen las siete máximas universales de la buena condición penitenciaria.

 

1) La detención penal debe por lo tanto tener como función esencial la

trasformación de comportamiento del individuo: La pena privativa de

libertad tiene por fin esencial la enmienda y la readaptación social del

condenado. Lo cual se denomina Principio de la corrección.

 

2) Los detenidos deben estar aislados o al menos repartidos según la

gravedad penal de su acto: La distribución en los establecimientos penitenciarios de los individuos

condenados a penas inferiores a un año tiene como base el sexo, la

personalidad y el grado de perversión del delincuente. Principio de la

clasificación.

 

3) Las penas cuyo desarrollo debe poder modificarse de acuerdo con la individualidad de los detenidos: Siendo el objeto principal de la pena la reforma del culpable, sería de desear que se pudiera poner en libertad a todo condenado cuando su regeneración moral se halla suficientemente garantizada. Principio de la modulación de las penas.

 

4) El trabajo debe ser uno de los elementos esenciales de la trasformación y de la socialización progresiva de los detenidos: Todo condenado de derecho común está obligado al trabajo nadie puede ser obligado a permanecer ocioso. Principio del trabajo como obligación y como derecho.

 

5) La educación del detenido es por parte del poder público una precaución indispensable en interés de la sociedad a la vez que una obligación frente al detenido: El trato infligido al preso, al margen de toda promiscuidad corruptora debe tender principalmente a su instrucción general y profesional y a su mejora. Principio de la educación penitenciaria.

 

6) El régimen de la prisión debe ser por una parte al menos controlado y tomado a cargo de un personal especializado: En todo establecimiento penitenciario funciona un servicio social y médico-psicológico. Principio del control técnico de la detención.

 

7) La prisión debe ir seguida de medidas de control y de asistencia hasta la readaptación definitiva del ex detenido: Se presta asistencia a los presos durante la pena y después con objeto de facilitar su readaptación. Principio de las instituciones anejas

 

Este conjunto complejo es lo que constituye el "sistema carcelario" y no sólo la institución de la prisión, con sus muros, su personal, sus reglamentos y su violencia.

 

III. LO CARCELARIO

 

 

Los pequeños grupos, fuertemente jerarquizados, entre los que se hallan repartidos los detenidos, se reducen simultáneamente a cinco modelos: el de la familia consistente en que cada grupo es una "familia" compuesta de "hermanos" y de dos "mayores" el del ejército cada familia mandada por un jefe está dividida en dos secciones cada una de las cuales tiene un subjefe cada detenido tiene un número de matrícula y debe aprender los ejercicios militares esenciales, todos los días se pasa una revista de aseo, y todas las semanas una revista de indumentaria tres veces al día. El del taller con jefes y contramaestres que aseguran el encuadramiento en el trabajo y el aprendizaje de los más jóvenes. El de la Escuela una hora y media de clase al día, la enseñanza la dan el maestro y los subjefes. El modelo judicial todos los días se hace en el locutorio una "distribución de justicia", La menor desobediencia tiene su castigo y el mejor medio de evitar delitos graves es castigar muy severamente las faltas más ligeras.

 

Lo carcelario con sus canales permite el reclutamiento de los grandes

"delincuentes", Organiza lo que podría llamarse las "carreras disciplinarias" en las que, bajo el aspecto de las exclusiones y de los rechazos, se opera un trabajo completo de elaboración es que logra volver natural y legítimo el poder de castigar, y rebajar al menos el umbral de tolerancia a la penalidad.

 

El sistema carcelario no rechaza lo in asimilable arrojándolo a un infierno confuso: no tiene exterior, toma de un lado lo que parece excluir del otro, Lo economiza todo, incluido lo que sanciona, no consiente en perder siquiera lo que ha querido descalificar. En esta sociedad panóptica de la que el encarcelamiento es la armadura omnipresente, el delincuente no está fuera de la ley; está, y aun desde el comienzo, en la ley, en el corazón mismo de la ley o al menos en pleno centro de esos mecanismos que hacen pasar insensiblemente de la disciplina a la ley de la desviación a la infracción, Si bien es cierto que la prisión sanciona la delincuencia, ésta en cuanto a lo esencial, se fabrica en y por un encarcelamiento que la prisión, a fin de cuentas, prolonga a su vez. La prisión no es sino la continuación natural, nada más que un grado superior de esa jerarquía recorrida paso a paso. El delincuente es un producto de institución. Es inútil por consiguiente asombrarse de que en una proporción considerable, la biografía de los condenados pase por todos esos mecanismos y establecimientos de los que fingimos creer que estaban destinados a evitar la prisión.

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