En el presente resumen del libro VIGILAR Y CASTIGAR
nacimiento de la prisión escrito por Michel Foucault en su Capítulo III, se
visualiza la creación y función que tiene la prisión sobre un individuo en
concreto, analizando ampliamente cuales son las medidas de reeducación y
seguridad a las que una persona privada de su libertad debía ser sometido, esto
en razón de su conducta o según la calificación del delito sobre el cual se le
condeno. manteniendo la concepción que considera a la prisión como el castigo
por excelencia de los actos antijurídicos que las personas puedan realizar, Al
igual que se buscaba la forma en la que el recluso pudiera reflexionar sobre su
actuar delictivo y esto lo podría encontrar en la soledad de su celda, pudiendo
llegar a un estado de culpabilidad que le permitiera cambiar su forma de pensar
y actuar.
VIGILAR Y CASTIGAR.
NACIMIENTO DE LA PRISION.
CAPITULO III
PRISIÓN.
I
UNAS INSTITUCIONES COMPLETAS Y AUSTERAS.
La tarea principal de
la prisión se puede establecer en: repartir a los individuos, fijarlos y
distribuirlos espacialmente, clasificarlos, obtener de ellos el máximo de
tiempo y el máximo de fuerzas, educar su cuerpo, codificar su comportamiento
continuo, mantenerlos en una visibilidad sin lagunas, formar en torno de ellos
todo un aparato de observación, de registro y de notaciones, obteniendo así la
forma general de un equipo para volver a los individuos dóciles, útiles y poder
reinsertarlos a una sociedad, convirtiendo así a la prisión como la pena por
excelencia.
El poder de castigar
como una función general de la sociedad se ejerce de la misma manera sobre
todos sus miembros de esa sociedad y en la que cada uno de ellos está
igualmente representado; pero al hacer de la detención la pena por excelencia,
esa nueva legislación introduce procedimientos de dominación característicos de
un tipo particular de poder. Una justicia que se dice "igual", un
aparato judicial que se pretende "autónomo", pero que padece las
asimetrías de las sujeciones disciplinarias. Obteniendo así el nacimiento de la
prisión, "pena de las sociedades civilizadas".
A pesar de que conocidos
por todos son los múltiples inconvenientes de la prisión, sabiendo que es
peligrosa cuando no es inútil. Y sin embargo, no se "ve" el motivo
del por qué remplazaría, sin embargo la prisión parece traducir concretamente la
idea de que la infracción ha lesionado, por encima de la víctima, a la sociedad
entera, y asegurando que la prisión es la forma más inmediata y más civilizada
de todas las penas.
Sin embargo muchos
concuerdan que se debe ser en toda circunstancia e individuo, un mecanismo
diferenciado y finalizado, se le deberá considerar diferenciado puesto que no
debe tener la misma forma, según se trate de un acusado o de un condenado, de
un internado en un correccional o de un criminal; asegurar un castigo no sólo
graduado en intensidad, sino diversificado en cuanto a sus fines, Porque la
prisión tiene un fin establecido desde un principio el cual es que "Al
infligir la ley existen unas penas más graves las unas que las Otras” y no puede cometer el error ni permitir que el
individuo condenado a unas penas ligeras se encuentre encerrado en el mismo
local que el criminal condenado a penas más graves; teniendo este conocimiento
de la situación no se puede permitir que el individuo condenado a unas penas
ligeras y no graves se encuentre encerrado en el mismo local y ambiente que el
criminal condenado a penas más graves debido a que
las casas de reclusión se
pueden contribuir poderosamente a regenerar a los condenados; obteniendo y
aprendiendo los vicios de la educación, el contagio de los malos ejemplos,
contribuyendo poderosamente a esto la ociosidad que han engendrado los
criminales, para esto se debe realizar un plan donde se pueda brindar al
privado de libertad un trabajo que acabarán por amar, cuando recojan su fruto,
contraigan en aquéllas el hábito, el gusto y la necesidad de la ocupación; que
se den respectivamente el ejemplo de una vida laboriosa, que pronto llegará a
ser una vida pura; pronto comenzarán a lamentar el pasado, dejando de lado su
anterior vida en vista el trabajo y el amor por un oficio con el cual ayudaran
a su familia se convierte en el primer precursor del amor a los deberes.
Es importante recordar
en todo momento que la prisión debe ser un aparato disciplinario exhaustivo. En
varios sentidos: esta debe ocuparse de todos los aspectos del individuo en su
diario vivir, en su educación física, de su aptitud para el trabajo, de su conducta
cotidiana, de su actitud moral, de sus disposiciones; la prisión debe tener un
mayor impacto de aprendizaje y de reeducación del individuo, debiendo de esta
manera de más estricto e intenso que la escuela, el taller o el ejército, en
vista que la prisión no tiene exterior ni vacío; no se interrumpe, excepto una
vez acabada totalmente su tarea; su acción sobre el individuo debe ser
ininterrumpida: una disciplina incesante. En fin, da un poder casi total sobre
los detenidos.
No sólo la pena debe
ser individual, sino también individualizante esto de dos maneras. En primer lugar, la
prisión debe ser concebida de manera que borre por sí misma las consecuencias
nefastas que provoca al reunir en un mismo lugar a condenados muy diferentes
sofocando así las conjuras y los motines que puedan formarse, impedir que se realicen
complicidades futuras o que nazcan posibilidades de chantaje (el día en que los
detenidos se encuentren libres), debiendo ser la tarea principal de la prisión
la de obstaculizar la inmoralidad de tantas "asociaciones misteriosas y
delictivas".
El privado de libertad
una vez se encuentra sumido en la soledad, comienza a reflexionar, Sólo en
presencia de su crimen, aprende a odiarlo y si su alma no está todavía
estragada por el mal, será en el aislamiento donde el remordimiento vendrá a
asaltarlo, cuanto más capaz es el condenado de reflexionar, más culpable ha
sido al cometer su delito; pero más vivo también será el remordimiento, y más
dolorosa la soledad; en cambio, cuando se haya arrepentido profundamente
comenzara a obtener un cambio en su estilo de vida.
En este punto es en el
que se sitúa la discusión sobre los dos sistemas y saber cuál produce mayor
influencia en el privado teniendo como primero el de Auburn y segundo el de Filadelfia.
De hecho, esta
discusión que ocupa es tan amplia, el
primero no concierne a otra cosa que a la aplicación de un aislamiento,
admitido por todos, el modelo de Auburn prescribe la celda individual durante
la noche, el trabajo y las comidas en común, pero bajo la regla del silencio
absoluto, no pudiendo hablar los detenidos más que a los guardianes, con su
permiso y en voz baja. Más que tener a los condenados "bajo cerrojos como
las fieras en su jaula", hay que reunirlos con los demás, hacerlos participar
en común en ejercicios útiles, obligarlos en común
a buenos hábitos,
previniendo el contagio moral por medio de una
vigilancia activa,
manteniendo el recogimiento por la regla del silencio y es que si se logra readaptar
al criminal como individuo social se le puede educar para una "actividad
útil y resignada"; le restituye "unos hábitos de sociabilidad
haciendo al individuo un candidato apto para ser reinsertado en la sociedad"
En el aislamiento absoluto como lo es el del sistema de Filadelfia se plasma
como un castigo en soledad sintiéndose de esta manera solo en su celda, el
detenido queda entregado a sí mismo; en el silencio de sus pasiones y del mundo
que lo rodea, desciende a lo profundo de su conciencia, la interroga y siente
despertarse el sentimiento moral que no perece jamás por completo en el corazón
del hombre una sumisión
profunda que una
educación superficial; un cambio de "moralidad" y no de actitud, en
este sistema los muros son el principal castigo del crimen; la celda pone al
detenido en presencia de sí mismo y este se ve obligado a escuchar su
conciencia, de ahí el hecho de que se le considere al trabajo en prisión como
un consuelo para su pena y como una obligación, el recluso llega a sentir
afecto por su guardián; y siente afecto por él porque es benévolo y compasivo y
hace pensar al sujeto que los muros son terribles y el hombre es bueno, la
creación de estos dos sistemas revela y trae a colación una serie de conflictos
en todas las esferas de la sociedad teniendo como principales los siguientes:
religiosos ¿debe la conversión ser el elemento principal del cambio del
recluido?, médicos ¿vuelve loco el aislamiento total o genera algún tipo de
trastorno?, económicos ¿dónde está el menor costo hay formas de economizar en
el tratamiento penitenciario?, arquitectónicos y administrativos ¿qué forma
garantiza la mejor vigilancia?. Dejando así una interrogante de que sistema es
el más aplicable para lograr el fin deseado.
En Francia se logró
componer un sistema de cuatro fases: comprendidos en los siguientes periodos
como ser:
Intimidación: la cual consiste en la privación de trabajo y
de toda relación interior o exterior del recluido.
Periodo de trabajo: donde se aísla al recluido y quitar de su día
la ociosidad.
Régimen de moralización: donde se realizan conferencias más o
menos frecuentes con los directores y los visitantes.
Periodo de trabajo en común: es que si algo puede
despertar en el ánimo de los reclusos, las nociones de bien y de mal,
conducirlos a reflexiones morales y realzarlos un poco a sus propios ojos, es
la posibilidad de alcanzar algunas recompensas.
Con respecto a la
vigilancia y la seguridad que debe tener el centro penal sobre el individuo se
toma a bien que entre más exacta y fácil sea la vigilancia, menos necesidad habrá
de buscar en la solidez de las construcciones unas garantías contra las
tentativas de evasión y contra las comunicaciones de unos detenidos con otros, Ahora
bien, la vigilancia será perfecta si el director o el encargado en jefe, desde
una sala central y sin cambiar de lugar, ve sin ser visto no sólo la entrada de
todas las celdas y hasta el interior del mayor número de ellas cuando sus
puertas están abiertas, sino además a los vigilantes encargados de la guarda de
los presos en todos los pisos con la fórmula de las prisiones circulares o
semicirculares, pareciendo posible ver desde un centro único todos los presos
en sus celdas, y a los guardianes en las galerías de vigilancia, teniendo el
control visual de toda la instalación.
En cuanto al director,
no puede perder de vista a ningún detenido, Porque cualquiera que sea la
sección en que éste se encuentre, ya sea que entre en ella, ya sea que salga,
ya sea que se quede, el director está igualmente obligado a justificar los
motivos de su mantenimiento en tal clase o de su paso a tal otra. Es un
verdadero contador. Cada detenido es para él, en la esfera de la educación
individual, un capital colocado a interés penitenciario.
El delincuente se
distingue del infractor por el hecho de que es menos su acto que su vida lo
pertinente para caracterizarlo. Si la operación penitenciaria quiere ser una
verdadera reducación, ha de totalizar la existencia del delincuente, hacer de
la prisión una especie de teatro artificial y coercitivo en
el que hay que
reproducir aquélla de arriba abajo. El castigo legal recae sobre
un acto; la técnica
punitiva sobre una vida; el cometido del director es no sólo recoger, sino
completar, controlar y rectificar sus elementos en el curso de la
detención" del infractor.
El delincuente se
distingue también del infractor en que no es únicamente el
autor de su acto (autor
responsable en función de ciertos criterios de la
voluntad libre y
consciente), sino que está ligado a su delito por todo un haz
de hilos complejos
(instintos, impulsos, tendencias, carácter). La técnica
penitenciaria se dirige
no a la relación de autor sino a la afinidad del criminal
con su crimen. El
delincuente, manifestación singular de un fenómeno global
de criminalidad, se
distribuye en clases, casi naturales, dotadas cada una de
esos caracteres
definidos y a las que corresponde un tratamiento específico
La clasificación de que
realiza Ferrus para el tratamiento distingue tres tipos de condenados:
En primer lugar se encuentran los que se hallan dotados de
recursos intelectuales superiores a la inteligencia media que hemos establecido,
pero que se han vuelto perversos ya sea por las tendencias de su organismo y
una predisposición nativa; ya por una moral inicua o una peligrosa apreciación
de los deberes sociales. Para éstos sería preciso el aislamiento de día y de
noche, el paseo solitario y cuando se está obligado a ponerlos en contacto con
los demás lo realizaran con una careta ligera de tela metálica, como las que se
usan para la talla de las piedras o para la esgrima.
En según lugar es la de condenados viciosos, limitados,
embrutecidos o pasivos, arrastrados al mal por indiferencia tanto hacia la
vergüenza como hacia el bien, por cobardía, por pereza por decirlo así y por
falta de resistencia a las malas incitaciones el régimen que les conviene es
menos el de la represión que el de la educación y de ser posible el de la
educación mutua: aislamiento de noche, trabajo en común de día, conversaciones
permitidas con tal de que sean en voz alta, lecturas en común, seguidas de
interrogatorios recíprocos, sancionados éstos por recompensas.
En tercer lugar están los ineptos o incapaces, a los que un organismo
incompleto hace impropios para toda ocupación que reclame esfuerzos reflexivos
y voluntad sostenida, que se encuentran por ello en la imposibilidad de
sostener la competencia del trabajo con los obreros inteligentes, y que no
teniendo ni la suficiente instrucción para conocer los deberes sociales, ni la
suficiente inteligencia para comprenderlo y para combatir sus instintos
personales, son llevados al mal por su misma incapacidad. Para éstos, la
soledad no haría sino fomentar su inercia; deben, pues, vivir en común, pero de
modo que formen grupos poco numerosos, siempre estimulados por ocupaciones
colectivas y sometidos a una vigilancia rígida.
II. ILEGALISMOS Y DELINCUENCIA
Es importante recalcar
que ante los ojos de la ley, la detención puede muy bien ser privación de libertad,
en el comienzo la pena de prisión lleva consigo dolor y malestar al recluso existiendo
rituales y procedimientos que perjudicaban su integridad como ser el ritual de
patíbulo que consistía en el remachado de las argollas o collares de hierro y
de las cadenas, en el patio de Bicétre. El presidiario apoya la nuca sobre un
yunque, como contra un tajo; pero esta vez el arte del verdugo, al descargar
los martillazos, está en no aplastar la cabeza, habilidad inversa que sabe no
dar la muerte.
en junio de 1837, se
adoptó para remplazar la cadena, no un simple carro cubierto de que se había
hablado por un tiempo, sino un artefacto que había sido elaborado muy
cuidadosamente. Se trataba de un coche concebido como una prisión con ruedas.
Un equivalente móvil del Panóptico. Dividido en toda su longitud por un pasillo
central, lleva, de una parte y de otra, seis celdas en las que los detenidos
van sentados de frente. Se les hacen pasar los pies por unos anillos forrados
interiormente de lana y unidos unos a otros por unas cadenas de 18 pulgadas;
las piernas van también metidas en unas rodilleras de metal. El detenido va
sentado sobre una especie de embudo de zinc y de roble con el derrame a la vía
pública. La celda no tiene ventana alguna al exterior y está forrada por completo de chapa;
únicamente un tragaluz, también de chapa horadada, da paso a una corriente de
aire regular. Por el lado del pasillo, la puerta de cada celda está provista de
un ventanillo de doble compartimiento: uno para los alimentos y el otro,
enrejado, para la vigilancia, haciendo los más incómodo posible la estancia del
recluido.
Son muchos los que
concuerdan en que las prisiones no disminuyen la tasa de la criminalidad, sino más
bien aumentan la cantidad de crímenes y de criminales se mantiene estable o, lo
que es peor, aumenta La detención provoca la reincidencia. Después de haber
salido de prisión, se tienen más probabilidades de volver a ella; los
condenados son, en una proporción considerable, antiguos detenidos. En fin, la
prisión fabrica indirectamente delincuentes al hacer caer en la miseria a la
familia del detenido: "La misma sentencia que envía a la prisión al jefe
de familia, reduce cada día que pasa a la madre a la indigencia, a los
hijos al abandono, a la
familia entera a la vagancia y a la mendicidad. En este aspecto es en el que el
crimen amenaza perpetuarse.
Existen las siete máximas
universales de la buena condición penitenciaria.
1) La detención penal
debe por lo tanto tener como función esencial la
trasformación de
comportamiento del individuo: La pena privativa de
libertad tiene por fin
esencial la enmienda y la readaptación social del
condenado. Lo cual se
denomina Principio de la corrección.
2) Los detenidos deben
estar aislados o al menos repartidos según la
gravedad penal de su
acto: La distribución en los establecimientos penitenciarios de los individuos
condenados a penas
inferiores a un año tiene como base el sexo, la
personalidad y el grado
de perversión del delincuente. Principio de la
clasificación.
3) Las penas cuyo
desarrollo debe poder modificarse de acuerdo con la individualidad de los
detenidos: Siendo el objeto principal de la pena la reforma del culpable, sería
de desear que se pudiera poner en libertad a todo condenado cuando su regeneración
moral se halla suficientemente garantizada. Principio de la modulación de las
penas.
4) El trabajo debe ser
uno de los elementos esenciales de la trasformación y de la socialización
progresiva de los detenidos: Todo condenado de derecho común está obligado al
trabajo nadie puede ser obligado a permanecer ocioso. Principio del trabajo
como obligación y como derecho.
5) La educación del
detenido es por parte del poder público una precaución indispensable en interés
de la sociedad a la vez que una obligación frente al detenido: El trato
infligido al preso, al margen de toda promiscuidad corruptora debe tender
principalmente a su instrucción general y profesional y a su mejora. Principio
de la educación penitenciaria.
6) El régimen de la
prisión debe ser por una parte al menos controlado y tomado a cargo de un
personal especializado: En todo establecimiento penitenciario funciona un servicio
social y médico-psicológico. Principio del control técnico de la detención.
7) La prisión debe ir
seguida de medidas de control y de asistencia hasta la readaptación definitiva
del ex detenido: Se presta asistencia a los presos durante la pena y después
con objeto de facilitar su readaptación. Principio de las instituciones anejas
Este conjunto complejo
es lo que constituye el "sistema carcelario" y no sólo la institución
de la prisión, con sus muros, su personal, sus reglamentos y su violencia.
III. LO CARCELARIO
Los pequeños grupos,
fuertemente jerarquizados, entre los que se hallan repartidos los detenidos, se
reducen simultáneamente a cinco modelos: el de la familia consistente en que cada
grupo es una "familia" compuesta de "hermanos" y de dos
"mayores" el del ejército cada familia mandada por un jefe está
dividida en dos secciones cada una de las cuales tiene un subjefe cada detenido
tiene un número de matrícula y debe aprender los ejercicios militares
esenciales, todos los días se pasa una revista de aseo, y todas las semanas una
revista de indumentaria tres veces al día. El del taller con jefes y
contramaestres que aseguran el encuadramiento en el trabajo y el aprendizaje de
los más jóvenes. El de la Escuela una hora y media de clase al día, la
enseñanza la dan el maestro y los subjefes. El modelo judicial todos los días
se hace en el locutorio una "distribución de justicia", La menor
desobediencia tiene su castigo y el mejor medio de evitar delitos graves es
castigar muy severamente las faltas más ligeras.
Lo carcelario con sus
canales permite el reclutamiento de los grandes
"delincuentes",
Organiza lo que podría llamarse las "carreras disciplinarias" en las
que, bajo el aspecto de las exclusiones y de los rechazos, se opera un trabajo
completo de elaboración es que logra volver natural y legítimo el poder de
castigar, y rebajar al menos el umbral de tolerancia a la penalidad.
El sistema carcelario
no rechaza lo in asimilable arrojándolo a un infierno confuso: no tiene
exterior, toma de un lado lo que parece excluir del otro, Lo economiza todo,
incluido lo que sanciona, no consiente en perder siquiera lo que ha querido
descalificar. En esta sociedad panóptica de la que el encarcelamiento es la armadura
omnipresente, el delincuente no está fuera de la ley; está, y aun desde el
comienzo, en la ley, en el corazón mismo de la ley o al menos en pleno centro
de esos mecanismos que hacen pasar insensiblemente de la disciplina a la ley de
la desviación a la infracción, Si bien es cierto que la prisión sanciona la
delincuencia, ésta en cuanto a lo esencial, se fabrica en y por un
encarcelamiento que la prisión, a fin de cuentas, prolonga a su vez. La prisión
no es sino la continuación natural, nada más que un grado superior de esa
jerarquía recorrida paso a paso. El delincuente es un producto de institución.
Es inútil por consiguiente asombrarse de que en una proporción considerable, la
biografía de los condenados pase por todos esos mecanismos y establecimientos
de los que fingimos creer que estaban destinados a evitar la prisión.
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